Cómo conseguir subvenciones para marketing
Consigue tu SUBVENCION PARA QUE TE GESTIONEMOS TUS REDES o HAGAMOS TU WEB
A través del KIT DIGITAL, el programa de ayudas para Pymes y autónomos promovido por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital del Gobierno de España.
Categoría Plan Acelera Pyme
Subvenciones
Las subvenciones están sujetas al número de empleados y a los requisitos de cada convocatoria en cada una de las categorías.
- Segmento III de 0 a 2 empleados 2.000 €
- Segmento II de 3 a 9 empleados 2.500 €
- Segmento I de 10 a 50 empleados 2.500 €
SOMOS AGENTES DIGITALIZADORES
Homologados
SUBVENCION TOTAL PARA:
Gestión de redes sociales
Precio 2.500€ + IVA
WEB profesional
Precio 2.000 € + IVA
Subvencionable por:


Cómo conseguir subvenciones para tu marketing


Escucha cómo funciona la subvención
Características Gestión de redes
Aumenta el posicionamiento y las ventas de tu empresa con nuestra gestión de tus redes sociales
Gestionamos con resultados medibles los perfiles profesionales de personas y empresas durante12 meses
- Creamos y mejoramos perfiles
- Elaboramos estrategia.
- Conectamos con perfiles adecuados.
- Detectamos oportunidades de negocio.
- Gestión de conversaciones y preventa.
- Gestión de contenidos estratégicos.
- Creación de contenidos de valor profesional.
- Realización de campañas en Linkedin…
- Te formamos en ello para que continúes después del periodo de lanzamiento
¿Qué es el Kit Digital?
Es el programa de ayudas para Pymes y autónomos promovido por el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital del Gobierno de España. Tiene como objetivo ayudar a modernizar el tejido productivo español gracias a la digitalización de las empresas de nuestro país.
El Kit digital tiene una dotación de 3067 millones de euros, procedentes de los fondos Next Generation de la Unión Europea, se enmarca en la agenda España Digital 2025 y constará de diferentes convocatorias que se dirigirán a diferentes segmentos de pymes y autónomos.
¿De cuanto son las ayudas ?
Las ayudas estarán distribuidas entre tres grandes segmentaciones por tamaño de empresa en función de su número de empleados:
Segmento I. Pequeñas empresas de entre 10 y menos de 50 empleados.
Importe: 12.000€
Segmento II. Pequeñas empresas o microempresas de entre 3 y menos de 10 empleados.
Importe: 6.000€
Segmento III. Pequeñas empresas o microempresas de entre 0 y 2 empleados y personas en situación de autoempleo.
Importe 2.000€
SOLICITA INFORMACIÓN DE TU SUBVENCION DE GESTION DE LINKEDIN
Cómo conseguir tu Linkedin subvencionado
Nombre(Obligatorio)NombreEmail(Obligatorio)Introduce un emailConfirmar emailTeléfono(Obligatorio)Número de empleados(Obligatorio)0 a 3 empleados3 a 10 empleados10 a 50 empleadosConsentimiento Estoy de acuerdo con la política de privacidad.
¿ Quien puede obtener subvención ?
- Ser una pequeña empresa, microempresa o autónomo.
- Cumplir los límites financieros y efectivos que definen las categorías de empresas.
- Estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria.
- No tener consideración de empresa en crisis.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- No superar el límite de ayudas mínimas (de pequeña cuantía).
FAQ
Las PYMEs beneficiarias tienen que hacer de forma obligatoria y como requisito un autodiagnóstico previo.
¿Cómo se utiliza la subvención concedida/bono digital digital?
Para que el beneficiario pueda emplear el bono digital, se deberá establecer un Acuerdo de Prestación de Soluciones Digitales para cada solución de digitalización entre el beneficiario y el Agente Digitalizador. En el Acuerdo se establecerá el importe del bono digital que podrá emplearse para financiar la solución de digitalización contratada.
La formalización del Acuerdo supondrá que el beneficiario cederá el derecho a cobro del importe del bono digital o subvención concedida asociado al Acuerdo de
Prestación de Soluciones de Digitalización, por lo tanto, una vez implantada la solución, el saldo total disponible en el bono o subvención concedida disminuirá.
¿Cómo y quién realizará la justificación de la actividad subvencionada?
La justificación de la actividad subvencionada se realizará para cada uno de los Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización y de conformidad con las fases de prestación de la solución establecidas. Se realizará exclusivamente a través de un formulario digital (la cual será accesible desde la plataforma Acelera pyme).
La justificación de la subvención se realizará por los Agentes Digitalizadores Adheridos, que contando con la conformidad expresa del beneficiario a través de su firma no delegable, actuarán en nombre del mismo. Se realizará mediante cuenta justificativa simplificada con aportación de justificantes de gasto.
¿Qué plazo disponen los Agentes Digitalizadores para la presentación de la justificación?
El plazo máximo de presentación de la justificación será de tres (3) meses desde la finalización de cada una de las fases de prestación de la solución, salvo que las convocatorias establezcan un plazo inferior.
Transcurrido el plazo establecido para la presentación de la justificación sin haberse presentado la misma, se le requerirá al Agente Digitalizador Adherido para que en el plazo improrrogable de 15 días sea presentada. La falta de presentación de la justificación en el plazo llevará consigo la exigencia de reintegro al beneficiario y demás responsabilidades establecidas. La presentación de la justificación en el plazo adicional establecido no eximirá al beneficiario y al Agente Digitalizador Adherido, en su caso, de las sanciones que correspondan.
¿En qué momento se puede iniciar la presentación de solicitudes para cada segmento?
Las convocatorias determinarán los segmentos que pueden optar a presentar solicitud.
A día de hoy, no se ha publicado aún ninguna convocatoria para las empresas en los distintos segmentos I, II y III.
Todo parece indicar que la convocatoria será paulatina y tendrá unas fechas más tempranas para el segmento I (febrero/marzo) y posteriormente en los meses venideros el segmento II para acabar aún meses más tarde con el segmento III.
¿Dónde se determina el importe del bono digital aplicable?
Será en los Acuerdos de Prestación de Soluciones Digitales donde se determinará el importe del bono digital que se va a aplicar.
¿Qué ocurre si existen diferencias entre el coste de la solución contratada y el importe del bono?
La diferencia entre el coste de la solución contratada y el importe del bono digital aplicado al Acuerdo de Prestación de Soluciones de Digitalización deberá ser abonada por el beneficiario al Agente Digitalizador Adherido, y se detallará dentro del Acuerdo de Prestación de Soluciones Digitales el importe abonar, tanto por parte del órgano instructor como por parte del beneficiario.
Marketing Consulting Mallorca S.L.U. es agente digitalizador